José Martínez Cruz
Ella se llamaba Flor Noemí y tenía un mundo por vivir. Fue uno de los primeros casos de feminicidio que documentamos desde la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos para hacer la solicitud de Alerta de Violencia de Género. Han pasado los años y no hay justicia. Y el dolor de la ausencia permanece en sus familiares como una llaga abierta.
Cuando fue brutalmente asesinada doña Petra, la Fiscalía emitió un boletín ominoso señalando que era una secuestradora, revictimizandola ya que cuando fue detenida arbitrariamente fue objeto de toda clase de abusos policíacos para incriminarla falsamente. No aparece su nombre en la lista de feminicidios a pesar de que tenía varios de los supuestos establecidos en el Código Penal que tipifica el feminicidio.
Ella era una menor de edad cuando se la llevaron del centro de Cuernavaca y al día siguiente apareció su cuerpo destrozado a un lado de la autopista, a la altura de Coajomulco. Nunca se ha investigado quien la privó de la vida porque las cámaras de vigilancia no funcionan. Su nombre no está en la lista de feminicidios a pesar de que lo tiene la fiscalía especializada.
Ante la crisis en la Fiscalía General de Justicia del Estado de Morelos, presentamos las principales conclusiones que hemos dado en informes anteriores, para poner el acento en las deficiencias estructurales, que ha permitido las omisiones, negligencias, complicidades en las investigaciones sobre los feminicidios que en su inmensa mayoría permanecen impunes.
Las víctimas y sus familiares que reclaman justicia son quienes deben estar en el centro de la atención pública.
Mientras exista el feminicidio impune, ninguna autoridad ni servidor público puede eximirse de cumplir y rendir cuentas públicas de su actuación institucional para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.
Para erradicar el femincidio se requiere de una política integral y una coordinación interinstitucional, de tal manera que no haya margen para simulaciones, omisiones o complicidades. Un solo caso de feminicidio debería ser absolutamente condenado por las autoridades y no utilizarlo por uno u otro funcionario o servidor público para causar más daño a las víctimas y sus familiares en primer lugar, afectando al conjunto de la sociedad que termina siendo afectada por lo que hacen o dejan de hacer las autoridades que abusan de su poder.
Con la revictimización de las mujeres víctimas de feminicidio y de sus familias por servidores públicos y funcionarios, se vuelve un acto de Violencia Institucional.
Hay que señalar que desde la solicitud de AVG en 2013, documentamos 530 casos de feminicidio ocurridos en Morelos del año 2000 al 2013. Una vez que se aprobó la AVG en agosto de 2015, se mandató a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Morelos dar un informe sobre el estado que guardaban estos 530 feminicidios. Hasta la fecha no hemos recibido el informe correspondiente de todos éstos casos, pues únicamente reportó 271.
Y así como el caso de Ariadna Fernanda no fue considerado como feminicidio por la Fiscalía General del Estado y se negó que así fuera integrada la carpeta de investigación. Por lo que vemos que la Fiscalía no aplica el protocolo de investigación que establece que en principio toda muerte violenta de mujeres se tienen que investigar como Feminicidios.
Una grave omisión ha sido la inexistencia de la Unidad de Contexto para analizar la forma comisiva, el modo de operar de los feminicidas, la recurrencia de los hechos, los factores concomitantes y las causas similares que hacen posible que sigan ocurriendo los feminicidios, a pesar de que la Fiscalía informó que utilizó 5 millones para la creación de ésta unidad de contexto que no existe ni tiene personal adscrito.
Evitar los feminicidios con medidas de prevención y protección es posible si no se actúa con negligencia. Un dato a resaltar es que en lo referente a las Órdenes de Protección durante el año 2021, la Fiscalía reportó que emitió 4,826, mientras que la Comisión Estatal de Seguridad dio cumplimiento solamente a 2,202, en el mismo periodo señalado. Por lo que o bien existe una falta de comunicación con la Comisión Estatal de Seguridad o hay actos negligentes y omisos.
Ante la actuación negligente de la Fiscalía en la atención a la Alerta de Violencia de Género para el Estado de Morelos, la CIDHM presentó una Queja ante el Órgano Interno de Control (20 octubre del 2020) y otra a la Visitaduría y Asuntos Internos de la Fiscalía General del Estado de Morelos para conocer los procesos de sanción que correspondan ante tal hecho. En fecha 19 de octubre del 2021, el titular del Órgano Interno de Control, Lic. Felipe Velarde Corrales, citó a la CIDHM para comparecer en sus oficinas, a fin de que se realizaran las manifestaciones pertinentes y se aportara los elementos necesarios para el esclarecimiento de los hechos señalados. Sin embargo, y pese a que la CIDHM se presentó y aporto las pruebas necesarias, no se encontró ninguna irregularidad en el actuar de las autoridades señaladas.
Para la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, como organismo peticionario de la AVG, toda autoridad o servidor público, del nivel que sea, que no cumpla con sus funciones, incurra en omisiones, negligencia o complicidad, debe ser investigado y sancionado como lo establece la ley, poniendo por encima de privilegios de funcionarios a los derechos humanos de las personas que han sido victimadas como en éste caso, de feminicidio.
Porque no hay justicia ni verdad cuando se privilegia a quienes detentan diversos grados de poder y se deja de lado a las víctimas, cuando se deberían aplicar todas las medidas de atención, prevención, investigación, sanción y erradicación de la violencia feminicida, como lo establece la Alerta de Violencia de Género y lo reclama una sociedad que también mira el mundo con ojos de mujer.